MODALIDADES DE CONTRATO DE TRABAJO

¡ Hola a todos! Y bienvenidos un día  más a FOLEANDO CON ASUN, en la entrada de hoy hablaremos del CONTRATO DE TRABAJO.

Veamos

DURACIÓN DEL CONTRATO
  • Temporal: tiene una duración determinada. Existen distintos tipos: discontinuo, por sustitución, por prácticas y formación... Pueden pasar a ser indefinidos... El tipo de jornada es indistinto, puede ser completa o parcial. 




Para que un contrato temporal sea válido tendremos que cumplir con una serie de          requisitos, en caso de incumplimiento el contrato temporal pasará a ser indefinido
  1. Formalización por escrito. No obstante, si la duración del contrato inferior a 4 semanas se considera suficiente una formalización verbal
  2. No deberá utilizarse en fraude de ley ( es decir si lo uso para contratar con carácter indefinido) 
  3. Me deben de dar de alta Seguridad social
  4. Denuncia en caso de que se desea la terminación del contrato
  • Indefinido o fijo: es un acuerdo laboral sin fecha de rescisión o finalización prevista. Puede formalizarse verbalmente o por escrito y a jornada completa o parcial. Esta modalidad no impide que un empleado pueda ser despedido por causas justificadas. 




LA REFORMA LABORAL DEL 2022
  • Contratos temporales:  había dos tipos:
  1. Causales: ha de existir una circunstancia en la empresa que justifique la temporalidad Distinguimos 3: 
  • Contrato de obra o servicio: debido a  su uso fraudulento tras la reforma ha pasado a denominarse contrato indefinido adscrito a obra

  • Contrato  eventual por circunstancias de la producción  actualmente es el " contrato temporal por circunstancias de la producción" 
  • Contrato de interinidad :  tiene como  finalidad  sustituir a un trabajador con reserva de su puesto de trabajo o cubrir una vacante en forma temporal durante el proceso de selección para su cobertura definitiva.. Tenía duración de 3 meses. Sus derechos están adscritos al del trabajador sustituido. Tras la reforma de 2022 pasó a denominarse  contrato de sustitución de la persona trabajadora o por circunstancias de la producción.
     2. No causales (fomento): 

  • Contratos por sustitución por anticipación por la edad de jubilación:  fomenta la contratación de desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilación de 65 a 64 años`
  • Contratos  de formación: impulsan la inserción de los jóvenes en el mercado laboral : su objetivo es brindar a los estudiantes experiencia y formación laboral en su carrera profesional 
a) Contrato de formación: contrato de formación en alternancia ( formación profesional universitaria, mientras se cursan los estudios) y de obtención  para la 
práctica profesional  (( tiene que haber concluido su período de formación, y reciente de su periodo de titulación )


b) Contrato de prácticas: contrato para la  práctica profesional 
  • Contratos a tiempo parcial:
  • Contrato fijo discontinuo: contempla aquellos casos en los que una persona trabaja de forma estacional y estable  Un ejemplo son los servicios relacionados con la temporada escolar y los empleos de verano del sector de turismo y hostelería.. Es "un contrato temporal disfrazado de indefinido"
LUGAR DE TRABAJO

Según el lugar en el que se desempeñe el trabajo tenemos...

  • Normal (el clásico, el de toda la vida, en el que vas al lugar de trabajo : una empresa, hospital, institución....)
  • A distancia: es aquel en el que se trabaja en otro lugar diferente al centro de trabajo de la empresa, normalmente el domicilio del trabajador

DURACIÓN DE JORNADA

  • Jornada completa: es el más frecuente, establece la jornada laboral completa de 40 horas semanales ( 160 horas mensuales)  

    Estas 40 horas semanales se pueden distribuir como se acuerde entre el empleador y el empleado. En este contrato se establecerá....

         -Que ningún trabajador exceda las 9 horas diarias
         - El horario de descanso 
         -Los días de descansos semanales
  • Jornada parcial: es el contrato por el cual se acuerda una jornada laboral de 30 horas o menos de trabajo a la semana 



NÚMERO DE CONTRATOS

  • Normal ( de 1 sola persona) 
  • Grupo: son circunstancias extraordinarias , contratos puntuales, contratación de grupos musicales o teatrales por ejemplo.





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