¡ Hola a todos! Y bienvenidos un día más a FOLEANDO CON ASUN, en la entrada de hoy hablaremos del CONTRATO DE TRABAJO.
Veamos
DURACIÓN DEL CONTRATO
- Temporal: tiene una duración determinada. Existen distintos tipos: discontinuo, por sustitución, por prácticas y formación... Pueden pasar a ser indefinidos... El tipo de jornada es indistinto, puede ser completa o parcial.
Para que un contrato temporal sea válido tendremos que cumplir con una serie de requisitos, en caso de incumplimiento el contrato temporal pasará a ser indefinido
- Formalización por escrito. No obstante, si la duración del contrato inferior a 4 semanas se considera suficiente una formalización verbal
- No deberá utilizarse en fraude de ley ( es decir si lo uso para contratar con carácter indefinido)
- Me deben de dar de alta Seguridad social
- Denuncia en caso de que se desea la terminación del contrato
- Indefinido o fijo: es un acuerdo laboral sin fecha de rescisión o finalización prevista. Puede formalizarse verbalmente o por escrito y a jornada completa o parcial. Esta modalidad no impide que un empleado pueda ser despedido por causas justificadas.
LA REFORMA LABORAL DEL 2022
- Contratos temporales: había dos tipos:
- Causales: ha de existir una circunstancia en la empresa que justifique la temporalidad Distinguimos 3:
- Contrato de obra o servicio: debido a su uso fraudulento tras la reforma ha pasado a denominarse contrato indefinido adscrito a obra
- Contrato eventual por circunstancias de la producción actualmente es el " contrato temporal por circunstancias de la producción"
- Contrato de interinidad : tiene como finalidad sustituir a un trabajador con reserva de su puesto de trabajo o cubrir una vacante en forma temporal durante el proceso de selección para su cobertura definitiva.. Tenía duración de 3 meses. Sus derechos están adscritos al del trabajador sustituido. Tras la reforma de 2022 pasó a denominarse contrato de sustitución de la persona trabajadora o por circunstancias de la producción.
- Contratos por sustitución por anticipación por la edad de jubilación: fomenta la contratación de desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilación de 65 a 64 años`
- Contratos de formación: impulsan la inserción de los jóvenes en el mercado laboral : su objetivo es brindar a los estudiantes experiencia y formación laboral en su carrera profesional
a) Contrato de formación: contrato de formación en alternancia ( formación profesional universitaria, mientras se cursan los estudios) y de obtención para la
práctica profesional (( tiene que haber concluido su período de formación, y reciente de su periodo de titulación )
b) Contrato de prácticas: contrato para la práctica profesional
- Contratos a tiempo parcial:
- Contrato fijo discontinuo: contempla aquellos casos en los que una persona trabaja de forma estacional y estable Un ejemplo son los servicios relacionados con la temporada escolar y los empleos de verano del sector de turismo y hostelería.. Es "un contrato temporal disfrazado de indefinido"
LUGAR DE TRABAJO
Según el lugar en el que se desempeñe el trabajo tenemos...
- Normal (el clásico, el de toda la vida, en el que vas al lugar de trabajo : una empresa, hospital, institución....)
- A distancia: es aquel en el que se trabaja en otro lugar diferente al centro de trabajo de la empresa, normalmente el domicilio del trabajador
DURACIÓN DE JORNADA
- Jornada completa: es el más frecuente, establece la jornada laboral completa de 40 horas semanales ( 160 horas mensuales)
Estas 40 horas semanales se pueden distribuir como se acuerde entre el empleador y el empleado. En este contrato se establecerá....
- El horario de descanso
-Los días de descansos semanales
- Jornada parcial: es el contrato por el cual se acuerda una jornada laboral de 30 horas o menos de trabajo a la semana
NÚMERO DE CONTRATOS
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